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Magnitud y violencia de la delincuencia en menores

Cecilia Sayeg Seade[1]

Introducción

La delincuencia en menores es, sin lugar a dudas, uno de los fenómenos sociales más importantes y quizás uno de los problemas criminológicos más estudiados ya que se considera como una posible causa de la delincuencia adulta.

En cada sociedad existe la delincuencia en menores como reflejo de las características propias en cada una de ellas, por lo que analizar este tipo de delincuencia —así como la delincuencia en general— resulta imprescindible conocer a fondo el funcionamiento de la sociedad que se trate.

Este trabajo busca centrarse exclusivamente en las características generales de lo que se conoce como infracciones de menores en México.

Conceptualización

Se considera que un menor por el hecho de serlo, no comete delitos sino infracciones, de aquí que se le denomine menores infractores más que delincuentes. Según el campo de las ciencias penales es aquella llevada a cabo por personas que no han alcanzado aún la mayoría de edad penal, que no siempre coincide con la mayoría de edad política y civil, y que supone una frontera o barrera temporal que tanto la conciencia social como la legal han fijado para marcar el tránsito desde el mundo de los menores al mundo de los adultos.

En este sentido, el infractor es la persona que no cuenta con la edad penal establecida por la legislación de que se trate y que infringe las leyes penales o bien que manifiesta una conducta nociva para su familia y/o la sociedad.

En México, cada uno de los estados de la República tiene facultades para legislar sobre materia penal, lo que deriva en una gran diversidad de criterios para definir, la edad máxima y mínima de quienes podrán ser sujetos de la actuación de las instituciones encargadas de conocer de las infracciones cometidas por menores.

En el caso de la edad máxima hasta la cual un individuo será considerado como menor infractor, o lo que es lo mismo, la mayoría de edad penal, en algunas entidades se ha establecido en 18 años, mientras que otras esta edad es de 17 o 16 años (Gráfica 1).

Delincuencia en menores / infractores y delincuentes

Gráfica 1. Mayoría de edad penal por entidad federativa.

De igual forma, la edad mínima para considerar a un menor como infractor y para que ingrese a un consejo de menores varía en cada entidad federativa. Por ejemplo mientras que en Tabasco es de 8 años, la Ley para el Tratamiento de Menores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal establece los 11 años. El niño que comete un hecho tipificado por las leyes penales antes de esa edad es sujeto a asistencia social.

Problemática y precisiones sobre el análisis empírico de la delincuencia en menores en México

Conocer los tipos y frecuencia de las conductas delictivas que cometen los menores, nos permite a su vez conocer también conductas que contribuyan en saber hacia donde debemos encaminar nuestros esfuerzos como sociedad.

Una limitación importante del estudio de la delincuencia y por tanto de la efectuada por menores de edad, que impide conocer el total de las infracciones que se cometen, es la “cifra negra”, que son aquellos delitos no denunciados ante las autoridades competentes o bien no registrados, y que variará según el tipo de delito que se trate.

El análisis de la criminalidad de menores presenta aspectos incluso de mayor complejidad que el estudio de la delincuencia en general, ya que uno de los instrumentos alternativos de mayor importancia para obtener aproximaciones a la cifra negra de la delincuencia, las encuestas de victimización o victimológicas, presentan una seria limitación a este respecto: que la información se recolecta a partir de las víctimas del delito quienes aportan información sobre la edad del o los delincuentes pero como una simple estimación, por lo que es muy difícil determinar la edad exacta de un menor que ha participado en un hecho delictivo. Un niño de la calle por ejemplo, precisamente por el tipo de vida que lleva, le hace aparentar mayor edad de la que realmente tiene, así que la víctima del delito puede suponer que el delincuente tenía 18 años o más, cuando en realidad quizás tenía 16.

Otro instrumento que puede aportar al conocimiento de los menores infractores son las encuestas de autodenuncia, en donde se le pregunta al entrevistado —en este caso a menores que se encuentran en los consejos— qué tipo de delito ha cometido y datos generales sobre el mismo, sin embargo además de la evidente limitación que implica el que una persona se declare culpable de tal o cual delito, se deben enfrentar cuestiones de tipo legal al entrevistar a menores de edad, al igual que en las encuestas victimológicas, lo que restringe el conocimiento del menor tanto en su aspecto de delincuente como de víctima. Por tal motivo el estudio de la delincuencia en menores en México se basa la mayor parte de las veces en las estadísticas oficiales.

La estadística manejada en este trabajo corresponde a los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI) en los anuarios estadísticos estatales para los años 1994 a 2002[2].

En los anuarios estadísticos del INEGI no está contenida toda la información sobre menores infractores que sería deseable, ya que por ejemplo, sería de gran utilidad contar con datos sobre todos los casos de probables infracciones que llegan al conocimiento de los consejos de menores y no sólo de aquellos casos en que el menor es ingresado. Hace falta, además, información específica sobre menores reincidentes[3], empleo de violencia en la comisión del ilícito, población de menores que se mantiene bajo diagnóstico y tratamiento, perfiles psicológicos, etc.

Por su parte, la diversidad de legislaciones (32 para delitos del fuero común y una para delitos del fuero federal) complican aún más el análisis empírico de la delincuencia de menores, ya que además de las diferencias en cuanto a la edad penal o a la denominación de las instituciones que se encargarán de la atención de los menores infractores, existen otras en cuanto a las facultades legales por parte de las autoridades de cada entidad federativa.

Todas estas diferencias hacen que la interpretación del fenómeno de la delincuencia en menores a través de los datos resulte de gran complejidad, además que limita su empleo en la comparación de la problemática de cada entidad federativa aún entre estados con semejanzas como en el caso de Baja California y Nuevo León que son entidades con una ubicación geográfica similar en la zona fronteriza norte, cuya legislación establece que los consejos de menores (denominados Readaptación Social para Menores y Albergue Tutelar para Menores Infractores y Centro de Observación respectivamente) tienen facultad para conocer de infracciones a la legislación penal, a los bandos de policía y buen gobierno y los casos de menores en peligro de las personas con un mínimo de edad entre 11 y 12 años y un máximo de 18 años, pero que sin embargo, los ingresos a los consejos de menores son muy diferentes.

Tipología y tendencia de los delitos

En México, igual que en el resto del mundo, el delito de mayor incidencia entre los menores es el robo, seguido por las lesiones. Sánchez Galindo[4], en un trabajo presentado en 1990 en donde aborda información sobre el Distrito Federal señala: “Por lo que se refiere al tipo de delito cometido por los infractores, las especies que predominan son el robo, las lesiones, los delitos contra la salud, la violación, el homicidio y daño en propiedad ajena”. Esta situación no difiere, por lo que respecta a los principales delitos, de lo que ocurre a escala nacional para el periodo 1994-2002, ya que de acuerdo con las cifras del INEGI, el robo fue el delito por el que ingresó el mayor número de infractores a los consejos, y si se excluye a la categoría de “otros”, el segundo delito de mayor relevancia fueron las lesiones, seguidas por el homicidio[5].

La proporción de ingresos durante el periodo 1994-2002 por el delito de robo se ubicó en 43% en promedio; los ingresos por lesiones representaron alrededor del 11% y, finalmente, la participación del homicidio como causa de ingreso a los consejos de menores fue menor al 2%.

Participación femenina en infracciones

Otro aspecto de interés dentro del estudio de la delincuencia de menores es la participación femenina en las actividades delictivas. A este respecto Sánchez[6] señala que en el Distrito Federal: “Las menores delinquen en una proporción de 1 a 20 en relación con los varones. Su tendencia se dirige a: robo, delitos contra la salud, daño en propiedad ajena, aborto, infanticidio y homicidio”. Sin embargo, de acuerdo con las estadísticas del INEGI esta proporción a escala nacional es de 1 a 10 para los años 1999 a 2002, es decir durante estos años se puso a disposición de los consejos de menores a una mujer por cada 10 varones. Para el año 2002 (ver Gráfica 2), se cuenta con información por entidad federativa, donde se aprecia que la entidad donde existe la mayor incidencia de menores infractores del sexo femenino es Colima, cuyo índice de feminidad de menores infractoras es 21, lo cual significa que se pone a disposición de los consejos de menores a 21 mujeres por cada 100 hombres. Asimismo, el segundo sitio de mayor participación femenina lo ocupó Oaxaca, y el tercero el Estado de México.

Delincuencia en menores / infractores y delincuentes

Gráfica 2. Índice de feminidad de menores infractoras puestas a disposición de los consejos de menores por entidad federativa, 2002. Fuente: INEGI

Según las infracciones denunciadas ante el Consejo de Menores del Distrito Federal, se puede observar que en 1993 el 10% de la población infractora estaba constituida por mujeres; diez años más tarde, en el 2003, esta participación sólo alcanzó el 8%, según lo muestra la Gráfica 3, por lo que podemos decir que es un mito la afirmación que sostiene que las mujeres (niñas y jóvenes) tienen una participación cada vez mayor en la incidencia delictiva, o por el contrario como señala Sánchez Galindo que la relación sea de 1 a 20. El mayor porcentaje de participación femenina en la comisión de infracciones, respecto de los hombres, se dio durante 1995 y 1996 con un 11%, y en 1997 con un 12%.

Tendencia general 1994-2002

En cuanto a la evolución de los ingresos a los consejos para menores, desde 1994 hasta 1997 la tendencia fue de incrementos constantes, a partir de esta fecha y hasta el año 2001; las variaciones fueron decrementos e incrementos leves que se alternaron año con año, para, finalmente en 2002, presentar una disminución considerable respecto al año anterior. Estos resultados, como señalábamos anteriormente, deben leerse con sus debidas precauciones ya que se encuentran afectados por la falta de información para algunos estados de la República en periodos considerados en el análisis.

Así pues, se aprecia un crecimiento de 1995 a 1996 de la incidencia de menores infractores, que puede atribuirse a la crisis económica de diciembre de 1995. A partir de 1996 y hasta 2002 se presenta una tendencia general decreciente (Gráfica 3), exceptuando un ligero incremento en el índice de 1998 a 1999.

Gráfica 3.

Delincuencia en menores / infractores y delincuentes

Gráfica 3. Índice de infractores ingresados a los consejos para menores por cada 100 mil habitantes entre 11 y 17 años cumplidos[7]

Comparación criminal entre menores infractores y delincuentes

Un punto interesante dentro del análisis de la criminalidad de menores radica en poder comparar la participación de menores en conductas criminales en relación con los adultos. Con el objeto de obtener una aproximación a este respecto, se obtuvo para el año 2002 (empleando cifras absolutas) una tasa de ingreso al consejo de menores de 14.7[8] en relación con las consignaciones ante los juzgados de primera instancia, lo cual indica que en términos absolutos, se ingresa aproximadamente a 15 menores por cada 100 presuntos delincuentes o delincuentes sentenciados que son registrados ante los juzgados de primera instancia[9]. Así pues, se tiene que en 2002 de cada 100 mil personas mayores de 16 años se consignó a 296 ante los juzgados de primera instancia, mientras que de cada 100 mil menores (personas entre 11 y 17 años cumplidos), se ingresó a 183 a los consejos de menores[10]. Estas cifras, aunque no son estrictamente comparables, dan una idea de la alta participación de menores en actividades delictivas, aunque debe aclararse que también es posible que dichas cifras indiquen, más que una alta participación de menores en conductas delictivas, sí una mayor facilidad de que sean aprehendidos e ingresados a los consejos, en relación con la aprehensión y registro de un delincuente adulto ante los juzgados.

¿Qué nos muestran estos datos?

Una de las principales causas del ingreso de menores (niños y adolescentes) a instituciones de atención para infractores o consejos de menores es el robo por encima de otras como son las lesiones, el homicidio, los delitos sexuales o la farmacodependencia y sabemos que un gran porcentaje de los jóvenes que incurren en estos delitos provienen de hogares desintegrados o con dificultades familiares.

Las conclusiones que nos arrojan estos datos a simple vista, es que las tres principales infracciones más recurrentes entre menores son el robo, las lesiones y por último los homicidios, la proporción, de los tres primeros delitos es de 45%, 15% y 2% respectivamente en promedio.

No obstante, para leer y entender mejor todas estas cifras, es necesario conocer también, al menos a grandes rasgos, aquellos factores de la personalidad que apuntan a que un menor tenga una mayor proclividad hacia la delincuencia.

Personalidad de los menores infractores

Dentro de los principales factores que podemos distinguir en la personalidad de los menores infractores encontramos los relacionados con algún fracaso (escolar u otro), el consumo –abuso- de drogas, el ser impulsivo o agresivo, tener una baja autoestima, provenir de una familia desestructurada, ser una persona con poca afectividad emocional, carecer de habilidades de adaptarse socialmente, etc.

Según el criminólgo español Herrero-Herrero[11], hay tres categorías para determinar el perfil de los menores delincuentes[12]:

Anormalidades patológicas:

  • Menores delincuentes por psicopatías: se refiere a la incapacidad de un menor por manifestar simpatía o sentir compasión hacia otra persona y la utiliza y manipula en beneficio de su propio interés. Hace creer a sus víctimas que es inocente o que está arrepentido con el propósito de seguir manipulando y mintiendo. El menor psicópata tiende a cometer actos antisociales que expresan frialdad y crueldad.

  • Menores delincuentes por neurosis: la neurosis consiste en una grave perturbación que se manifiesta en desórdenes de la conducta, pudiendo ser su origen muy diverso tales como fracasos, frustraciones, abandono o pérdida de seres muy queridos, entre otros.

    Criminológicamente, el neurótico trata de hacer desaparecer la situación de angustia que sufre cometiendo delitos con el fin de obtener un castigo que le permita liberarse del sentimiento de culpabilidad que sobre él pesa, y esto es también válido para el menor neurótico, aunque sean muchos menos que los adultos.

  • Menores delincuentes por autoreferencias subliminadas de la realidad: aquí se incluyen los menores que, por predisposiciones psicobiológicas llegan a mezclar fantasía y juego de una forma tan intensa que empiezan a vivir fuera de la realidad. Es precisamente ese estado anómalo el que puede conducirlos a cometer actos antisociales.

Anormalidades no patológicas:

  • Menores delincuentes con trastorno antisocial de la personalidad: se trata de menores cuyas principales características son la hiperactividad, excitabilidad, poco comunicativos, ausencia de sentimiento de culpa y fracaso escolar. Una de las principales causas de este trastorno es la ausencia o la figura distorsionada de la madre, aunque también puede existir cierta disfuncionalidad del rol paterno, pues según algunos trabajos, el crecer sin padre acarrea al niño nocivas consecuencias que afectan al campo de la delincuencia.

    En muchos casos se trata de menores que viven en la calle, en situación de permanente abandono, porque nos encontramos con menores que, a su edad, acumulan graves frustraciones, rencores y cólera contra la sociedad y que tienen un mismo denominador común: falta de amor, comprensión, cariño, de atención y cuidado de sus padres.

  • Menores delincuentes con reacción de huida: Son menores que han sufrido maltrato en el hogar y por ello lo abandonan. Son menores psicológicamente débiles, y que en lugar de responder a la agresión, eligen escapar. Ese alejamiento les hace propicios al reclutamiento por parte de delincuentes –adultos-, que les escogen para llevar a cabo actuaciones simples pero de gran riesgo, como robar o transportar drogas en su propio cuerpo, entre otras.

Personalidad normal afectados por situaciones disfuncionales:

Dentro de esta categoría se incluyen los siguientes:

  • Aquellos que llevan a cabo simples actos de vandalismo, ataques al mobiliario urbano, etc., como consecuencia de perturbaciones psicobiológicas que producen la preadolescencia y la adolescencia por motivos de desarrollo y cambio.
  • Los que cometen pequeños robos (sin violencia) o fraudes por motivos de autoafirmación personal frente a compañeros, creyendo suscitar en ellos admiración.
  • Los que cometen delitos contra el patrimonio o la indemnidad sexual por puro placer, siendo incapaces de resistir a sus estímulos seductores.
  • Los que delinquen para satisfacer meras apetencias consumistas.

Conclusiones

Conocer cuándo y en qué momento se presentan los comportamientos violentos o delincuenciales en un niño, sin duda contribuiría a la planeación de políticas de prevención acordes. Lamentablemente existen todavía muchas lagunas en torno a los menores infractores, acompañadas de una importante y aún desconocida cifra negra; sin embargo, hay una cada vez mayor demanda de información acerca de las causas y la prevención de la delincuencia en menores en el mundo, lo que seguramente implicará canalizar grandes esfuerzos tanto económicos como humanos en la investigación científica que apunten a estos aspectos.

Sabemos que una sociabilización inadecuada del niño, debilita las relaciones de los jóvenes hacia los grupos convencionales como pueden ser la familia, la escuela, la sociedad y le induce a crear vínculos con otros grupos en los que va encontrando eco a su desintegración y donde refuerza su conducta desviada.

Por ello, que el camino para disminuir, o controlar al menos, la delincuencia en menores no es aumentando las penas ni disminuyendo la edad de reclusión, ya que existen muchos mitos en torno a estos factores y su relación con la delincuencia. Antes deberán practicarse medidas preventivas en todos los ámbitos: brindar mayor y mejor educación a los niños; fortalecer las campañas de sensibilización contra el maltrato a los niños en el seno de sus familias; establecer programas de atención a niños de la calle, sobre todo por lo que se refiere al uso, venta y distribución de drogas, ya que como se mencionó anteriormente, los niños en situación de calle son un blanco mucho más susceptible para el reclutamiento por parte de pandillas o bandas de delincuencia organizada; ampliar los programas y campañas antidrogas hacia niños desde los 7 años de edad o al ingresar a primaria, entre otros.

Por su parte, el apoyo a los menores infractores deberá encaminarse a una verdadera rehabilitación. El Vera Institute of Justice de los Estados Unidos[13] ha implementado algunos programas que han tenido buenos resultados en ciudades pequeñas y medianas. Uno de ellos consiste en enviar a los delincuentes juveniles a pasar entre seis meses y un año con familias adoptivas especializadas en el tratamiento de jóvenes con problemas, denominados "hogares terapéuticos". En estos casos, lo importante es que haya un solo delincuente juvenil en cada "hogar terapéutico". Parece un programa caro, pero si se limita a menos de un año, es más barato que construir cárceles y pagar custodios. Otro de los programas busca retornar al menor a su casa, a cambio de que toda la familia se someta a supervisión judicial y que toda la familia trabaje con el supervisor encargado del caso, en vez de encarar el tema como un problema individual del joven delincuente.

Por su parte, el Juez Emilio Catalayud de Granada, España[14] ha comenzado a practicar sentencias específicas y educativas o instructivas a los menores, dependiendo del delito que hayan cometido, por ejemplo el menor que se dedica a quemar papeleras debe trabajar dos fines de semana con los bomberos; el joven que circula borracho en moto tiene que visitar a parapléjicos que se rehabilitaban de accidentes de tráfico durante un día entero, hablar con sus familias y hacer una redacción; un adolescente que roba permanece en libertad vigilada 3 años durante los que estudia mecánica y trabaja para llevar un sueldo a su casa. Es decir, se trata de rehabilitar a través de la libertad y la educación que a través de los centros de internamiento.

Fortalecer la estructura psico-emocional de los niños con campañas de prevención, apoyo de los padres o tutores, para evitar que llegando a la adolescencia incurran en actos delictivos.

Profesionalizar y especializar a sectores de las policías y a algunos jueces en materia de menores.

Crear las fiscalías especializadas en jurisdicción de menores en todas las entidades federativas, con cursos de formación continua en materia de legislación de menores, derechos humanos, prevención de la delincuencia juvenil y demás.

Atender el cabal cumplimiento de las Directrices establecidas por Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil: Directrices de RIAD.

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[1] Directora de Operación del ICESI.

[2] Se refiere a los menores infractores ingresados a las instituciones encargadas de conocer de las infracciones o hechos antisociales cometidos por menores en cada una de las entidades federativas, que para los propósitos de este trabajo se denominarán en su conjunto “consejos de menores”, aunque en cada estado estas instituciones cuentan con una denominación diferente.

[3] El Consejo de Menores del Distrito Federal ha realizado un estudio, inédito aún, sobre menores reincidentes o reiterantes.

[4] Sánchez Galindo, Antonio. “La delincuencia de menores en México. Situación y Tendencias”. En “Derechos de la niñez”, Instituto de Investigaciones Jurídicas. Serie G: Estudios Doctrinales, num. 126. México, 1990.

[5] Los delitos contra la salud presentan una importancia significativa, en cuanto al número de infractores ingresados por esta causa, pero no se incluyen en este análisis ya que, mientras en algunas entidades se consideraba una categoría específica para este tipo de delito, en algunas otras se incluyó dentro de la categoría “otros”.

[6] Sánchez, op. cit.

[7] Datos corregidos excluyendo a Baja California.

[8] El cálculo de esta tasa excluye información del estado de Baja California.

[9] Dada la diferencia entre población de menores de edad que pueden ser ingresados al consejo de menores y la población de personas adultas, se calculó el índice de presuntos delincuentes y delincuentes sentenciados registrados en los juzgados de primera instancia de los fueros común y federal para el año 2002.

[10] Se estima que en Francia la participación de la delincuencia en menores representa el 22% respecto a la delincuencia en general y en España el 15%.

[11] Retomada a su vez por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública.

[12] En España se les considera menores delincuentes y Naciones Unidas establece como delincuencia juvenil la cometida por menores.

[13] http://www.vera.org/

[14] http://www.revistafusion.com/quees.htm

 

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