Una mano amiga
Luis de la Barreda Solórzano
Dos reseñas sobre el tema de la eutanasia, uno de los más dramáticos de los que enfrenta la justicia penal.
Un juez inglés dejó en libertad a un policía jubilado que mató a su mujer en un pacto suicida. Brian Blackburn, de 62 años, cortó las venas de las muñecas de su esposa, Margaret, enfermera de profesión con quien vivía desde 1998. Margaret, que padecía cáncer de estómago y a quien le quedaban pocas semanas de vida, murió desangrada en brazos de su esposo. Acto seguido, Brian se cortó sus propias venas, operación que no le causó la muerte porque la sangre se coaguló. Se entregó voluntariamente a la policía y explicó que su consorte no quería morir despacio en el hospital, por lo que él hizo lo que ella le pidió. “Fallé y debo pagar el precio”, dijo el acusado, que estuvo cuatro meses en prisión preventiva y a quien sus dos hijos apoyaron durante el proceso judicial. La autopsia detectó un tumor de tres kilos en el estómago de la enfermera. En su sentencia, el juez Richard Hawkins describió a Blackburn como un marido afectuoso que cumplió el último deseo de su cónyuge. Prohibida en el Reino Unido la eutanasia asistida, pacientes terminales acuden a clínicas de países como Suiza y Holanda, más permisivos en la materia, a ser auxiliados a bien morir. La justicia británica se ha mostrado clemente en los casos que se han sometido a su consideración.
El caso del gallego Ramón Sampedro inspiró la exitosa película española Mar adentro, que seguramente pronto podremos ver. Sampedro sufrió un accidente en una playa de Ribeira: una zambullida en el mar lo dejó tetrapléjico. Pasó 29 años en una habitación. Reclamaba una muerte indolora, dulce, digna: una inyección y se acabará todo, decía a sus familiares, de cuya calidez estuvo siempre rodeado. La ley le negaba esa posibilidad. La solicitó ante los tribunales, que jamás se la concedieron. Además, todo mundo trataba de disuadirle. Él no cejaba en su búsqueda de una mano amiga. A su amigo de juventud Pepe Villa, convertido hoy en miembro de la asociación Derecho a morir dignamente, se lo pidió innumerables veces. Pepe le replicaba: “Tienes razón en lo que reclamas, pero yo no me quiero quedar sin tu presencia”: En tono afectuoso, Ramón le reprochaba ser egoísta e hipócrita. Un hombre llegado desde A Coruña se atrevió a decirle que sí, pero desistió.Después, entre Sampedro y una periodista catalana se generó un fuerte lazo afectivo. Ella —que le ayudó a preparar su libro Cartas desde el infierno— sufría el avance incontenible de una esclerosis múltiple, y le comunicó a Ramón que estaba dispuesta a morir con él, pero la disuadió su marido. El 12 de enero de 1998, Sampedro bebió cianuro y así puso fin a su suplicio. Hace unos días, una amiga del fallecido, Ramona Maneiro, arguyendo que necesitaba liberarse y contar lo sucedido, hizo una confesión pública de que fue ella quien le proporcionó el vaso con el veneno. No obstante que sabían de su deseo de morir, familiares del tetrapléjico han manifestado su indignación y han llegado a llamar asesina a la mujer. Ramona ha tenido una vida difícil. Fue madre a los 18 años. Tras un mal matrimonio que le dejó dos hijos, quedó embarazada de un hombre que la abandonó antes de que naciera el bebé para casarse con otra. Entonces, para colmo de males, perdió el trabajo. Al conocer a Ramón, quedó deslumbrada con ese hombre “sabio y sensible como ningún otro que hubiera conocido”. Cuando él requirió su ayuda, ella se dio cuenta de que darle lo que pedía era un acto de amor, y accedió. Sampedro hizo que se grabara una cinta de video para exculpar a quienes le habían ayudado (Ramona pudo ser sólo el último eslabón de un plan con varios partícipes que quizá no se conocían unos a otros). El fiscal solicita que se reabra el caso. Los juristas españoles consideran que la acción penal ha prescrito.
En las clases y los libros de derecho penal se enseña que, entre los intereses sociales tutelados, hay bienes jurídicos disponibles y bienes jurídicos no disponibles por parte del titular. La vida siempre se ubica entre los segundos, por lo que el consentimiento del sujeto pasivo puede ser atenuante pero no excluyente del delito de homicidio. Así lo aprendí en la Facultad de Derecho, y entonces me pareció correcto. Ahora me pregunto: ¿por qué la vida debe seguir considerándose un bien cuando ya no es y ya no puede ser sino fuente de padecimientos? ¿por qué ha de castigarse a quien ayude a morir a un adulto que decida ya no vivir sin estar afectado en el momento de solicitar la ayuda por un trastorno mental transitorio? La vida de un ser humano es un milagro, un instante maravilloso en la infinitud del tiempo, siempre y cuando los dones que ofrece sean disfrutables. Si se vuelve un constante tormento, ¿no deja de ser un bien?






