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Derechos para mejorar

Luis de la Barreda Solórzano

La comparecencia del doctor José Luis Soberanes ante los legisladores estaba motivada en la necesidad de que éstos escucharan de viva voz del Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) los porqués de su postura ace0rca de la reciente muerte de una anciana en la sierra veracruzana. Sin embargo, cuando Soberanes ofreció mostrarles las pruebas en que se apoyaba, los parlamentarios le negaron la oportunidad de hacerlo. Ellos ya tenían su punto de vista establecido de una vez y para siempre: la mujer había muerto como consecuencia de la violación tumultuaria cometida por soldados. Las pruebas eran lo de menos: esa era la versión políticamente correcta. Y como Soberanes no la avaló, ahora un grupo de parlamentarios lo fustigaba y pedía su cabeza. De nada le valieron sus anteriores esfuerzos de corrección política, que han ido desde el insustancial informe sobre la guerra sucia de los setenta hasta recomendaciones sobre excesos policiacos en los que no se precisan responsabilidades y adelantos de resultados preliminares sobre investigaciones inconclusas.

No era la primera vez que el Congreso, del que se esperaría un respaldo crucial a la institución del ombudsman, se comportaba no como aliado sino como enemigo de ésta. Al reformarse el artículo 102 constitucional, en 1999, para consagrar expresamente en la ley suprema la autonomía de las comisiones públicas de derechos humanos, un artículo transitorio permitió que se depusiera a la doctora Mireille Rocatti de la Presidencia de la CNDH, con lo cual los senadores le pasaban la factura por determinaciones que no habían sido de su agrado y asestaban un golpe demoledor al principio de inamovilidad del ombudsman. El sucesor de Rocatti fue precisamente Soberanes, que años después sería también vapuleado por congresistas que parecen sentir menos apego a la causa de los derechos humanos que a sus prejuicios y sus intereses sectarios de militantes de partido.

A pesar de todo, las comisiones públicas de derechos humanos han jugado un papel de enorme importancia. Desde el surgimiento en 1990 de la CNDH —cuyo primer presidente, Jorge Carpizo, demostró los alcances que podía tener el ombudsman y se ganó la confianza y el respeto de los ciudadanos—, las víctimas de los abusos de poder han tenido un instrumento formidable de defensa. Aunque las resoluciones del ombudsman no tienen fuerza coactiva, si están apoyadas en pruebas y argumentos sólidos no es fácil para los destinatarios desatenderlas pues a ninguno le conviene exhibirse como adversario de la causa de los derechos humanos.

En los 17 años transcurridos desde entonces, los avances en materia de derechos humanos son innegables. Se han logrado victorias que parecían imposibles. Por ejemplo, la tortura ha decrecido: de ser utilizada cotidianamente ha pasado a ser una práctica esporádica, y varios de sus practicantes han sido castigados (a lo que también contribuyó decisivamente la legislación contra la tortura promulgada a partir de 1991); los presos, antes indefensos ante cualquier atropello, cuentan hoy con instancias que los defienden efectivamente. Además, se ha vivido una auténtica revolución cívica. Al contarse con instituciones eficaces en el combate a las tropelías cometidas desde el poder público, los agraviados han pasado de una actitud de resignación resentida a otra de coraje activo, de lucha por verse resarcidos en sus derechos. Desde luego, hay de comisiones a comisiones. Tanto el respeto de los ciudadanos como la autonomía se conquistan con el trabajo cotidiano. El ombudsman debe actuar con rigor y profesionalismo absolutos, buscando siempre la verdad. Su autonoía no sólo debe defenderla frente a las autoridades sino también, con la misma fuerza, ante partidos políticos, grupos de poder, prejuicios ideológicos y caretas de corrección política.

Desde luego, hay áreas en las que el ombudsman no puede influir por lo menos inmediatamente. Padecemos severos rezagos en materia de justicia social. Los clásicos medievales hablaron de la libertas a coactione —la libertad de librarse de la coacción injusta— y la libertas a miseria —ámbito de la libertad que consiste en librarse de la miseria, el hambre, la ignorancia y la vulnerabilidad en que nos colocan los accidentes o las necesidades biológicas de nuestra especie—. Para serlo auténticamente, la libertad requiere de la conjunción de los dos aspectos. Por eso es que la lucha contra la pobreza, el desempleo y la injusticia social es uno de los objetivos más importantes de nuestro país en el siglo XXI.

Fuera de la esfera de los derechos sociales, las más graves y más frecuentes violaciones a los derechos humanos en México ocurren en el ámbito de la justicia penal:

a) El impresentable desaseo y la exasperante dilación con que se integran las averiguaciones previas, más la escandalosa ineficacia en la persecución de los delitos —de los denunciados, sólo en 6% de los casos los probables responsables son puestos a disposición de los jueces—, hacen nugatorio el derecho de las víctimas a que se les procure justicia pronta y expedita;

b) Casi la mitad de los presos en nuestro país están privados de su libertad en virtud de la prisión preventiva, es decir, son presos sin condena, muchos de ellos acusados de delitos no violentos, por lo que su situación, además de injusta, es absurda. La justificación de riesgo de fuga ha desaparecido: una pulsera electrónica inamovible, y en algunos casos la vigilancia policiaca, evitaría la fuga del inculpado, quien en libertad podría defenderse más adecuadamente de la acusación y no sufriría la contaminación criminógena que produce la presión. Adicionalmente, se aliviaría la sobrepoblación penitenciaria y se reducirían los estratosféricos costos de las cárceles, y

c) Graves sin duda, ninguna de las anteriores desviaciones de la justicia penal es la más ominosa. La peor de sus perversiones se da cuando algún caso no se resuelve por razones estrictamente jurídicas sino por intereses políticos que influyen indebidamente en las resoluciones del órgano de la acusación y/o de la autoridad judicial. Es ilustrativa de esa perversión la actitud asumida por Ignacio Carrillo Prieto, ex fiscal para movimientos sociales y políticos del pasado. El propio ex director de investigaciones ministeriales de la fiscalía, César Osorio, ha denunciado que el entonces fiscal le exigió que fabricara culpables y lo retiró del cargo cuando él se negó por razones jurídicas y éticas.

Por otra parte, el agudo problema de inseguridad que vivimos en varias ciudades de la República debe verse como un problema de derechos humanos. La seguridad pública es un derecho fundamental, condición básica para el disfrute pleno de los demás derechos. La intervención del ejército en el combate a la delincuencia organizada debe someterse a una constante supervisión a fin de que no afecte a personas inocentes ni dé lugar a atropellos de los derechos incluso de los presuntos delincuentes.

Los derechos humanos son uno de los más destacados de nuestros productos civilizados, y nosotros, los que hoy nos tenemos por civilizados, somos en buena parte el producto de esos derechos. No garantizan la fundación del Reino de Dios o de la Justicia Absoluta sobre la tierra, pero son el instrumento de los gobernados para defenderse de los abusos de los gobernantes y, así, propician una convivencia cada vez más civilizada. Quienes sirven a su causa no buscan vengarse de nada ni salvar su alma proclamando que ellos y sus correligionarios son los puros, sino mejorar las cosas, pues los derechos humanos se basan, por decirlo con palabras de Voltaire, en el “amor al género humano, virtud desconocida a los que engañan, a los pedantes que discuten y a los fanáticos que persiguen”.

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Publicado en el periódico El Universal el 23 de mayo de 2007.

 

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