Nuevos retrocesos
Rafael Ruiz Harrell
Hace tiempo ya que la protesta se reitera: es absurdo que el gobierno local y federal insistan en endurecer las condiciones para otorgar la libertad bajo fianza, sobre todo en relación a los delitos que se persiguen a petición de parte. ¿Qué va a ganarse con eso? ¿Qué delito va a lograr evitarse? Fuera de incurrir en un acto de obvia demagogia penal, ¿a quién se beneficia con medida semejante?
No está de más aclarar. Desde hace siglos nuestro derecho reconoce dos tipos de actos antisociales. A unos se los reconoce como "delitos". Ya se los llamaba así en la vieja Roma y se los consideraba faltas menores, se los castigaba con penas muy cortas y se los definía diciendo que no dañaban a la sociedad, sino sólo a una persona. El ejemplo típico era el rapto, que dañaba a la muchacha raptada, pero no le hacía daño alguno a la sociedad, a diferencia de un homicidio o de un robo que afectaban a la sociedad entera y a los que se distinguía llamándolos "crímenes".
Los crímenes y los delitos no se trataban igual, o al menos, no recibían el mismo trato de parte de las autoridades. Los delitos se perseguían a petición de parte, es decir: la parte afectada tenía que presentarse ante las autoridades y asentar su queja y ofrecer pruebas de la misma. Tenía también que colaborar en la investigación, ayudando a la captura del responsable. A cambio de eso tenía el derecho de perdonar al culpable en cualquier momento del juicio, aun y cuando ya se hubiera dictado sentencia. Por ejemplo: si la mujer raptada accedía a casarse con su raptor, el juicio se suspendía y un matrimonio sustituía al rapto.
En los casos que no se perseguían a petición de parte, sino de oficio, todo quedaba a cargo de las autoridades y ellas decidían, conforme a la ley, qué penas le impondrían al infractor. El perdón de la víctima no tenía ningún efecto. La distinción entre los delitos de oficio y los que se persiguen a petición de parte sigue en vigor en nuestros días e incluso en las últimas décadas han venido aumentando los delitos que se encuentran bajo este régimen. Justifica su existencia varias ventajas. La más importante es que las partes pueden ponerse de acuerdo y llegar a fijar el monto de la multa y los plazos en que ha de pagársela -como sucede en el daño en propiedad ajena y en las lesiones. En otros casos más complejos, como los de homicidio culposo, aunque interviene la autoridad, también existe cierta elasticidad para llegar a un acuerdo.
Esta posibilidad de llegar a establecer convenios, aligera el trabajo de los tribunales y abre la puerta para que otras formas de justicia cooperen a la tradicional. Conforme a las tendencias recientes de los códigos penales modernos, se pretende buscar formas aleatorias de justicia que sean más rápidas y más eficaces. Los acuerdos a los que pueden conducir los juicios que se persiguen a la petición de parte se encuentran entre ellos.
Por desgracia no todo es risueño en este panorama. De tiempo atrás las autoridades policíacas, políticas y responsables de la procuración de justicia andan movidas por dos temores. El primero es que sólo conseguirán reprimir eficazmente a los delincuentes que tengan tras las rejas -sin prisión no hay represión-, y el segundo es que a más presos menos delincuentes. Hace años habían emprendido una severa campaña para acabar, o poco menos, con la libertad bajo fianza. Empezaron por prohibirla en todos los delitos graves, pero ahora, ya en un paso de franca insensatez, han decidido endurecer las reglas para no conceder la libertad bajo fianza en tres de los principales delitos que se persiguen a petición de parte: las lesiones, el daño en propiedad ajena y el homicidio culposo.
Ya no se trata de que lleguen libremente a un acuerdo sobre el monto y los plazos del pago. Lo que demanda el gobierno es que el infractor no pueda recuperar su libertad mientras no haya exhibido el monto total de la deuda en efectivo. La condición para que salga libre es que cubra por entero el daño causado. La decisión es injusta y desequilibrada: se trata de delitos culposos, accidentales, y no es legítimo cargarle por entero a una de las partes el peso de la culpa. El método anterior coincidía mucho más con la justicia restauradora y con los caminos de entendimiento abiertos por los juicios a petición de parte, que con esta exhibición prepotente e inútil de mano dura. Sea cual fuere el pretexto para ocultarlo, la decisión es injusta.
No podemos seguir dejando que hombres con una cuadrada mentalidad militar, de los que creen que la vida social sólo puede mejorar con represiones y (que) la sangre entra necesariamente a golpes, sigan dirigiendo los destinos del país. Debemos buscar medios de entendimiento y de acuerdo. Maneras que no conduzcan inevitablemente a la violencia. Necesitamos regresar los ejércitos a sus cuarteles y códigos penales más humanos. Si no se frena a Felipe Calderón, terminará por llevar el país a una catástrofe. No hablo de una ceguera a largo plazo, sino de algo que podremos estar viendo mañana.
No sé si estemos sentados en un polvorín, pero en nuestro país hay muchas amarguras y muchas frustraciones. Para salir adelante primero necesitamos entendernos.
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Publicado en la sección editorial del periódico Reforma el sábado 2 de Junio de 2007.






