¿Será cierto que sí se puede?
Rafael Ruiz Harrell
Alejandro Gertz presentó la semana pasada un libro titulado Seguridad y Justicia, sí se puede (Publicación Universidad de las Américas, México, 2007). Los temas que analiza y las soluciones que presenta son los mismos de algunos estudios y análisis anteriores: la necesidad de contar con un Código Penal único para toda la república; de una policía nacional, única también; la desaparición del ministerio público, o poco menos, para revivir una figura muy semejante al la del viejo juez de instrucción; el empleo de la policía de proximidad como primera trinchera en el control de la delincuencia y las reformas jurídicas necesarias para terminar con el ciclo de corrupción e ineficacia iniciado en la administración de Plutarco Elías Calles, que diseñó un sistema de seguridad pública destinado más a controlar a la población que a servirla.
El libro de Gertz es, muy probablemente, el más completo que se haya publicado sobre la materia en nuestro país y es digno de lectura y estudio minucioso, aun y cuando -como es mi caso-, se difiera de la mayor parte de los medios propuestos.
El código único
Una policía es tanto más eficaz cuanto más cercana es al lugar en que ejerce sus funciones y más conoce las costumbres, anhelos y mañas de la gente de la zona. Lo mismo sucede con un Código Penal. Sugerir que en vez de los 32 que tenemos dispongamos sólo de uno, es promover una reforma que facilita las tareas de las autoridades federales, pero no ayuda en nada a disminuir la delincuencia del orden común, que representa el 94 por ciento del total del crimen registrado. Debilitar la soberanía de las entidades federativas es, por ahora, debilitar nuestra débil democracia.
La distancia entre las sanciones que se imponen entre un Estado y otro es, por otra parte, muy grande. Un ejemplo: el Estado de Morelos impuso, también en 2005, un promedio de 5.6 años de prisión a sus reos sentenciados, mientras que Tamaulipas se contentó con 1.6. La diferencia es de 3.6 veces y es inadecuado criminológicamente e injusto humanamente pretender desaparecerla de un plumazo. En muchos casos, la reforma sería peor que la enfermedad, porque la delincuencia crecería a ritmos desconocidos en varias zonas y estados.
No hay que olvidar, por último que cuando una ley regula la vida de una comunidad durante largo tiempo, le impone un valor criminológico al bien afectado. Si en una entidad, digamos, se castiga el robo de autos con 8 años de cárcel, ese es su "valor criminológico". Imponer 16 años de prisión sería cobrar "el doble" y autoriza al delincuente a creer que está siendo tratado de manera injusta y, en consecuencia, es justo también que sea más violento en sus acciones.
El sistema de Plutarco
La sección que dedica Alejandro Gertz a analizar el origen del sistema durante el mandato de Plutarco Elías Calles es de las más logradas de la obra. No obstante, hubiera mejorado de manera notable si el lector encontrara en él un breve análisis sobre el ministerio público, y las causas económicas y políticas que le dieron nacimiento. Considerando lo que hay, es imposible entender por qué se muestra tan duro con él y aunque por muchas razones lo merece, lo despoja de casi todas facultades, incluyendo las tres esenciales.
En el nuevo edificio penal imaginado por Gertz, el ministerio público no es el agente receptor de quejas, denuncias o querellas. Éstas llegan directamente de la policía a un nuevo juez semejante a los jueces de instrucción porfiristas. El MP no está facultado para investigar los delitos. La policía, en cambio sí.
Gertz nos dice cuáles serán las funciones de este "nuevo juez", pero omite usar el nombre de "juez de instrucción" con que se lo conoció en el porfiriato. Si no lo hubiera hecho, sería más fácil recordar que el juez de instrucción llevó en su tiempo la estafeta de la corrupción y del desapego hacia el cumplimiento del derecho. Y no estorbaría también para registrar que cuando la Constitución de 1917 ordenó la desaparición de los jueces de instrucción, la extinción ordenada se redujo, de hecho, a un mero cambio de nombres y a partir de ahí se lo llamó ministerio público.
Estas diferencias, sin embargo, no deben contar al leer los análisis y propuestas de Alejandro Gertz. Su libro es mucho más rico en los temas que toca y de ahí que su lectura resulte iluminadora. Ahora en relación a si se puede o no, me atrevería a decir que algunos de tales factores son imprescindibles, pero faltan algunos más.
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Publicado en La ciudad y el crimen del periódico Reforma el lunes 5 de noviembre de 2007.






