Lamento por Michoacán
Luis de la Barreda Solórzano
Tan estruendosa como la detención —presentación es el eufemismo usado en los códigos de procedimientos penales— de 10 alcaldes y otros 16 servidores públicos del estado de Michoacán ha sido la declaración de la dirigencia nacional del PRD, que calificó el operativo del gobierno federal como actitud hostil y unilateral por no haberse avisado al Gobernador Leonel Godoy y exigió que el combate al narcotráfico no sea selectivo, se extienda a todas las entidades del país y no se utilice para obtener ventajas electorales. Si fuera mal pensado, diría que es una declaración cínica.
¿Actitud hostil contra quién? De la decena de presidentes municipales detenidos, dos son perredistas, dos más son del mismísimo PAN, el partido del Presidente de la República, y seis del PRI. Si no se dio aviso previo de las capturas, seguramente se debió a que, estando el gobierno michoacano infiltrado hasta la cocina por el crimen organizado, el sigilo era indispensable para que las acciones fueran eficaces. Entre los detenidos figuran funcionarios cercanísimos a Godoy, algunos de las áreas de seguridad pública y procuración de justicia. El propio Gobernador ordenó a su procurador y a su subprocurador que se separaran de sus cargos y se pusieran a disposición de las autoridades correspondientes porque habían sido requeridos por la Procuraduría General de la República.
Desde luego, el combate al narcotráfico debe darse en todas las entidades del país. ¿No es notorio que así se está librando? Pero un operativo de la magnitud del desplegado el martes pasado sólo puede efectuarse a la vez en una sola entidad. Si las detenciones estuvieron precedidas por investigaciones sólidas que les dieran sustento probatorio, estaríamos ante una meritoria labor de inteligencia policial.
Finalmente, apunto lo obvio: no hay gobernante alguno, ni en México ni en el resto del mundo, que actúe sin tener en mente las repercusiones de su proceder en las preferencias electorales. Eso es parte consustancial de la política. Pero lo que debe evaluarse es si esos actos son plausibles o reprobables, si buscan procurar justicia o son injustos, si se realizan en cumplimiento del deber o son arbitrarios. Lo que importa —lo único que debe interesar— es que para la persecución penal la Procuraduría General de la República disponga de pruebas sólidas que justifiquen su acción, que ninguno de los indiciados sea víctima de falsa acusación armada fraudulentamente, que no sean objeto de abuso alguno y que, si se les consigna, tengan un proceso justo.
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Artículo publicado en el periódico La razón de México 29 de mayo de 2009.







